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Un nuevo decreto regula la música callejera en el distrito Centro

Somos Chueca

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A partir de hoy, 1 de febrero, el nuevo decreto que regula los criterios para autorizar actuaciones musicales en las vías o espacios públicos del distrito Centro entra en vigor. Un texto que aspira a transformar la música callejera en una manifestación cultural «que sería deseable encontrar en los desplazamientos y paseos por la ciudad».

El decreto es fruto de un acuerdo consensuado por colectivos de músicos y representantes vecinales para garantizar una seguridad jurídica a todas las partes implicadas, simplificando el modelo de gestión (para facilitar su aplicación y cumplimiento) y minimizando las molestias a los residentes de Centro.

La nueva regulación que se pone en marcha hoy contempla las características especiales del distrito Centro, declarado Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) en el año 2011.

La solución se apoya en dos puntos básicos: identificar ejes viarios con un perfil comercial en los que las molestias a los vecinos se minimicen para proteger su descanso y su calidad de vida; y en limitar las horas en las que se podrá actuar.

Además, recoge expresamente que cualquier actividad musical que se realice fuera del marco establecido en la propia regulación será susceptible de ser denunciada por la Policía Municipal y, por lo tanto, sancionada.

¿Cuáles son las condiciones de la autorización?

Según el nuevo decreto solo se podrán autorizar actuaciones musicales en tres conjuntos de ubicaciones y en horarios determinados, respetando en todo caso los límites sonoros establecidos en la ZPAE:





  • Áreas delimitadas como de uso terciario en las Áreas Acústicas de la ciudad, en las que el horario será de 10 a 15 horas y de 17 a 22 horas, ampliándose hasta las 23 horas del 15 de junio al 15 de septiembre.


  • Áreas calificadas de uso residencial, donde no se podrá utilizar ni percusión ni amplificación y sólo se permitirá el formato acústico. El horario se reduce los miércoles, jueves, viernes y domingos, de 12 a 14 horas y de 18 a 20 horas, y en verano de 12 a 14 horas y de 19 a 21 horas. Los sábados será de 10 a 15 horas y de 17 a 22 horas, ampliándose en verano hasta las 23 horas.


  • Áreas del Rastro autorizadas en el horario del mercado y en sus límites, con las condiciones medioambientales de las áreas de uso terciario y el consenso de comerciantes y vendedores ambulantes del entorno.




También fija un tiempo máximo de 1 hora para la permanencia de un músico en un mismo lugar en las áreas de uso residencial y de 2 horas en el resto de casos.

Otro aspecto que tiene en cuenta es la distancia mínima entre artistas, que deberá ser de 75 metros, y de 3 metros con respecto a los accesos a viviendas, locales y salidas de emergencias.

Tampoco se podrá actuar en las ubicaciones que no permitan dejar un espacio mínimo de 3 metros para el tránsito de personas y la distancia con las terrazas no podrá ser inferior a 6 metros.

En aplicación de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica, en los casos de residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias, o centros docentes con horarios que coincidan con el de la actuación pretendida, se deberá respetar una distancia superior a 150 metros.

Autorizaciones

En el caso de elementos de percusión, amplificación o reproducción sonora, deberán ser siempre autorizadas por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

Estas autorizaciones serán personales e intransferibles y se concederán por semestres naturales. Para tramitarlas se completará un formulario disponible en la Unidad de Cultura del distrito Centro y en la web www.madrid.es.

Este documento contendrá, entre otros datos, el compromiso de aceptación de la normativa, los instrumentos que se utilizarán, las zonas en las que se prevé actuar, el tipo de música y un domicilio a efectos de notificaciones.

Tendrán un formato que evite su falsificación y se entregarán acompañadas del plano de espacios disponibles y sus condiciones de uso.

Disciplina y control

En cuanto al control del cumplimiento de la normativa medioambiental y del nuevo decreto, tanto el Área de Medio Ambiente y Movilidad como el distrito Centro, sancionarán los incumplimientos que se produzcan, pudiendo llegar a revocar las autorizaciones concedidas tanto por la comisión de infracciones como por razones de interés público debidamente acreditadas.

La Policía Municipal será la encargada de vigilar su cumplimiento y suspenderá de manera inmediata la interpretación musical a quienes infrinjan los horarios, ubicaciones o límites sonoros.

Asimismo, se creará una comisión de seguimiento formada por representantes vecinales, colectivos de músicos, Área de Medio Ambiente y Movilidad y Policía Municipal que trimestralmente se reunirá para revisar las condiciones acordadas.

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