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Solo 50 patinetes eléctricos compartidos podrán operar en Chueca

Patinete eléctrico de alquiler en la calle Alcalá | SOMOS CHUECA

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Tras retirar la licencia a los operadores de patinetes eléctricos de alquiler y ordenar la retirada de este tipo de dispositivos de las calles de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid acaba de conceder 18 autorizaciones a diferentes empresas interesadas en gestionar servicios de los 8.610 patinetes eléctricos compartidos que podrán circular por la ciudad.

Uno de los puntos que se ha tenido en cuenta es la superficie transitable en patinete eléctrico de cada distrito, con unos límites de patinetes máximos que podrán operar en cada uno de los barrios de la ciudad. De esta manera, se quiere garantizar que los patinetes eléctricos no dificultan la movilidad del resto de medios de transporte ni se saturan las aceras.

Así, de los hasta 8.610 patinetes eléctricos compartidos que podrán circular por la ciudad, solo 310 patinetes prestarán servicio en Centro (50 patinetes para Justicia, 80 para Universidad y Embajadores, 70 para Palacio y 40 patinetes para Cortes y Sol).

También habrá límites en el resto de distritos, en Arganzuela, 212; en Retiro, 166; en Salamanca, 210; en Chamartín, 348; en Tetuán, 278; en Chamberí, 160; en Fuencarral-El Pardo, 823; en Moncloa-Aravaca, 726; en Latina, 465; en Carabanchel, 577; en Usera, 367; en Puente de Vallecas, 595; en Moratalaz, 124; en Ciudad Lineal, 451; en Hortaleza, 765; en Villaverde, 410; en Villa de Vallecas, 387; en Vicálvaro, 343; en San Blas-Canillejas, 526; y en Barajas, 367.

¿Qué empresas podrán ofrecer patinetes de alquiler?

De todas las solicitudes presentadas, 18 son las empresas que han recibido la autorización del Ayuntamiento de Madrid: Acciona, Eskay, Voi, Taxify, Scoot, Koko, Ufo, Rideconga, Flash, Mobike, Ari, Tier, Alma, Lime, Motit4u, Wind, Jump Uber, SJV Consulting.

En cuanto a las que no han recibido el visto bueno municipal, Bird, Donkey, Movo, Cabcar, Cabify, Taxir y Mygo, a las que se ha denegado el permiso por no cumplir los requisitos necesarios para ofrecer este tipo de servicios de movilidad, como tener seguro para usuarios y terceras personas, geolocalización, así como aplicaciones que impidan que los puntos de inicio y llegada de los trayectos se realicen por zonas por las que la ordenanza de movilidad impide circular a los patinetes eléctricos.

A ellas hay que sumar otras tres solicitudes, que se encuentran en tramitación, por un total superior a las 3.000 unidades adicionales, que en todo caso estarán sometidas a condiciones similares.

Además, para mantener las autorizaciones, las empresas deberán redistribuir diariamente la flota y empezar cada jornada con los patinetes en los barrios y distritos para los que hayan conseguido el permiso.

¿Dónde pueden circular y aparcar los patinetes eléctricos?

Una de las principales novedades de la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid es la incorporación de los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana (VMU) que, como el resto de vehículos, tienen unas limitaciones para circular y estacionar en la ciudad de Madrid.

Así, por cuestiones de seguridad, los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad urbana tienen prohibido moverse por las aceras, carriles bus, calles con más de un carril por sentido y por accesos y tramos no semaforizados de la M-30.

Sí que están autorizados para circular por carriles bici, pistas bici, la calzada de calles integradas dentro de zonas 30 (respetando siempre la prioridad del peatón) y por las calles en las que en todos sus carriles la velocidad máxima de circulación sea igual o inferior a 30 kilómetros, como la mayoría de las vías de Chueca y Salesas.

En cuanto a dónde pueden aparcar, los patinetes eléctricos y el resto de los vehículos de movilidad urbana de tipo A y B (como los del gráfico superior), deben estacionar en las reservas destinadas a motocicletas y bicicletas. En aquellos supuestos en los que no existan estos espacios, podrán aparcarse en la banda de estacionamiento general de la calzada.

En último caso se podrán estacionar patinetes eléctricos en las aceras, siempre que lo hagan junto al bordillo y dejen más de tres metros de ancho libre. En aceras de menos de seis metros, se hará paralelamente al bordillo y, si la acera tiene más de seis metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo.

En todos los casos se deber guardar una distancia mínima de 2 metros respecto a los pavimentos tactovisuales para garantizar la movilidad de las personas con discapacidades visuales y usuarios de bastón blanco.

No podrán estacionar en aceras cuando las calles sean de especial protección para el peatón o exista señalización específica que lo prohíba, como sucede en toda la Gran Vía. También tendrán prohibido estacionar en las reservas de transporte público colectivo (paradas autobuses de la EMT), en las plazas reservadas para personas de movilidad reducida, en las paradas de taxi y sobre tapas de alcantarillado ni de otros servicios (telecomunicaciones, energía, etc).

¿Quién puede usar patinetes eléctricos?

Para poder circular en la ciudad de Madrid con un patinete eléctrico (sea o no de alquiler) es necesario tener una edad mínima de 15 años. Los menores de esta edad solo podrán hacerlo en patinetes adecuados a su edad, altura y peso y por itinerarios autorizados y practicados con guía (desde los 10 años) o bien fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, y acompañados y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores.

Aunque solo es obligatorio el uso de casco para menores de 16 años, es recomendable usar este dispositivo de seguridad. Sin embargo, los patinetes eléctricos deberán tener timbre, luces, sistema de frenado y elementos reflectantes, como las bicicletas.

Más información:

Distribución máxima de patinetes por distritos

Ordenanza de Movilidad Sostenible

Vehículos de Movilidad Urbana (MVU)

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