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Las motos no podrán circular por Madrid durante los episodios de alta contaminación

Somos Chueca

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El nuevo protocolo anticontaminación que prepara Madrid será más estricto y se centrará en las emisiones que produce cada vehículo a motoren las emisiones que produce cada vehículo a motor, en lugar de penalizar a los coches y dejar libres a las motocicletas durante los episodios de mayor polución. Además, los escenarios pasarán de cuatro a cinco e incluye importantes restricciones a la circulación desde el Escenario 2.

Después de avisar de los cambios hace meses, Inés Sabanés presentaba el jueves la reforma del protocolo de episodios de alta contaminación, tanto en los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2) que activan el protocolo, como sobre las medidas a aplicar en los diferentes escenarios y las zonas que se verán afectadas por las restricciones, que está previsto comience a aplicarse en octubre.

A partir de entonces bastará con que tres estaciones de cualquier zona superen los 180 µgr/m3 de NO2 durante tres horas para activar el preaviso y los 200 µgr/m3 para llegar al aviso. Hasta ahora era necesario que dos estaciones de cada una de las cinco zonas en las que subdivide Madrid registraran esos niveles durante al menos dos horas. Un cambio que seguramente active el protocolo en más ocasiones que ahora.

El nuevo texto también incorpora nuevos criterios para declarar el escenario 3, con tres días consecutivos con superación del nivel de preaviso; y un nuevo escenario 4 si la contaminación persiste sin llegar al nivel de alerta fijado por la Unión Europea.

En cuanto a los escenarios, estas serán las nuevas medidas:

Escenario 1

  • Limitación de velocidad a 70 km/h en la M-30 y en las carreteras de acceso a Madrid (a partir de la M-40).
  • Recomendación del uso del transporte público.
  • Recomendaciones incorporadas en el protocolo de la Comunidad de Madrid, al igual que en el resto de escenarios.

Escenario 2

  • Se limitará la velocidad
  • Prohibido el estacionamiento en la zona SER. Solo permitido en estacionamiento de los vehículos CERO y -novedad- los ECO.
  • Se prohíbe circular a los vehículos sin etiqueta ambiental de la DGT, incluidas las motos, en la almendra central y en la M-30.

Escenario 3:

Se activa con 2 días consecutivos de aviso o 3 días de preaviso e incluye todas las medidas anteriores y:

  • Prohibido estacionar en zona SER. Solo pueden los CERO y los ECO.
  • Restringir la circulación por todo Madrid (antes solo interior de la M-30) a los vehículos sin distintivo ambiental, incluidas motocicletas.

Escenario 4 (nuevo):

Se activa con 4 días consecutivos de aviso e incluye todas las medidas anteriores y:

  • Restringir la circulación por todo Madrid a todos los vehículos con etiqueta B.

Escenario 5:

Se activa con 1 día de nivel de alerta (Madrid nunca lo ha alcanzado) e incluye todas las medidas anteriores y:

  • Prohibición de circular a los vehículos sin etiqueta y etiquetas B y C.

¿Cuáles son las excepciones?

Durante la aplicación de las medidas del protocolo de contaminación, podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los vehículos que dispongan del distintivo ambiental CERO o ECO de la DGT (antes solo aplicable a los CERO), los autorizados como comerciales e industriales del SER, los estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente.

También habrá excepciones a la limitación de circulación para los vehículos de transporte público colectivo, las bicicletas, ciclomotores, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano.

Además, se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), las grúas para el remolque de vehículos y vehículos taller y de auxilio en carretera, además de otros vehículos: transporte de detenidos, transporte funerario y transporte de fondos y servicios de seguridad blindados debidamente acreditados.

No se aplicarán ni las restricciones de tráfico ni del aparcamiento a los vehículos destinados al desplazamiento de personas con movilidad reducida ni a los vehículos de servicios esenciales: extinción de incendios, protección civil y salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad y ambulancias.

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