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El problema de los escombros sale a relucir en el Pleno Municipal

Somos Chueca

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La edil del PSOE en el Ayuntamiento de Madrid, Carlota Merchán, planteaba en el último Pleno Municipal del miércoles 27 de julio una pregunta sobre las medidas previstas por las Juntas Municipales de Distrito y el área de Medio Ambiente para el control y gestión de los escombros depositados en la vía pública.

«Me preocupa porque desde mi ventana lo que veo son furgonetas que llegan y abandonan residuos junto a los contenedores de reciclaje que luego denuncio a Línea Madrid», criticaba Merchán, quien no dudaba en apuntar también que en muchas zonas de Madrid resulta realmente difícil pasearse por los escombros.

Aunque la delegada del área de Medio Ambiente, Inés Sabanés, recordaba que «la ordenanza de limpieza prohíbe depositar esos residuos en la calle», también reconocía que este los sacos y contenedores de escombros piratas son demasiado habituales y que a los servicios de limpieza municipales están desbordados y les cuesta poder realizar su retirada porque su recogida no puede realizarse por los servicios de limpieza habituales.

«Los servicios de recogida y limpieza, pese a la ilegalidad, no tienen otro remedio que recogerlos», para garantizar la adecuada limpieza de las vías públicas, pero al no poder ser recogidos como la basura cotidiana, resulta muy complicado. Asimismo, Sabanés reconocía «que hay vertidos ilegales desparramados» y lamentaba la situación, pero no puso más soluciones sobre la mesa, salvo la apelación al civismo y la llamada a la denuncia de aquellos contenedores y sacos que infrinjan la normativa.

El problema de los escombros en Chueca y Salesas

El Ayuntamiento de Madrid publicaba el 8 de agosto el listado de lugares y fechas en los que no podrán instalarse contenedores o sacos de escombros de residuos de construcción y/o demolición. El documento, que cumple con el artículo 43 de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos (BAM 24/03/2009), fija los puntos de Chueca y Salesas en los que no está permitido depositar escombros.

En concreto, se prohíbe verterlos en espacios de ocio y de especial interés turístico (desde las 00:00 horas del viernes a las 24:00 horas del domingo y desde las 07:00 horas de la víspera de los festivos hasta las 24:00), en los siguientes puntos del barrio, así como en 10 metros de las calles confluyentes:

  • ZONA 1. Pza. de la Villa de Paris. Orellana (entre General Castaños y Marqués de la Ensenada.) Gral. Castaños (entre Orellana y Pza. Salesas) y Marqués de la Ensenada (entre Orellana y Bárbara de Braganza).
  • ZONA 2. Pza. Salesas. Gral. Castaños (entre Orellana y Bárbara de Braganza). Bárbara de Braganza. Fernando VI. (Entre Argensola y Plaza de las Salesas).
  • ZONA 3. Pza. Santa Bárbara (de Santa Teresa a Alonso Martínez).
  • ZONA 4. Jardines Arquitecto Rivera. Barceló. Beneficencia (entre Fuencarral y Mejía Lequerica) y Fuencarral (entre Barceló y Beneficencia).
  • ZONA 7. Gran Vía, Sagasta, Génova, Pza. Pedro Zerolo (antigua Pza. Vázquez de Mella), Alcalá (entre Pta. Del Sol y Cibeles), Hortaleza, Fuencarral (entre Gta. Bilbao y Red de San Luis), Gta. Bilbao, Pza. Chueca, Gravina (entre Pelayo y Libertad), Mejía Lequerica, Pza. Alonso Martínez, Alcalá, (entre Pta. Del Sol y Cibeles).

Asimismo, también afecta a las siguientes vías del vecino Malasaña:

  • ZONA 5. Pza. San Ildefonso. Corredera Alta de San Pablo (entre Escorial y Espíritu Santo). San Joaquín. Santa Bárbara. Colón. Corredera Baja de San Pablo (entre Pza. de San Ildefonso y Escorial). Don Felipe (con Molino de Viento). Escorial (con Molino de Viento).
  • ZONA 6. Pza. Dos de Mayo. San Andrés (entre San Vicente Ferrer y Carranza). Ruiz (entre Pza. Dos de Mayo y Carranza). Daoiz y Velarde.
  • ZONA 7. Pza. España, Gran Vía, Princesa, Ferraz, Alberto Aguilera, Carranza, Conde Duque, Pza. Santa María Soledad Torres Acosta, Pza. Mostenses, Ricardo León, San Bernardo (desde Gran Vía hasta Ruiz Jiménez y Pza. Emilio Jiménez Millas).

Esta prohibición también afecta de las 00:00 horas a las 24 horas al tramo de la C/ Fuencarral entre las Glorietas de Bilbao y Quevedo (todos los domingos y festivos de 2016); a los aledaños del Palacio de Buenavista (C/ Alcalá y Pº Recoletos) el último viernes de cada mes, de las 00:00 del día 9/8/2016 a las 24:00 del 9/8/2016 en C/ Génova (entre C/ Campoamor y C/ General Castaños) y aquellos puntos en los que se desarrollen concentraciones o manifestaciones, entre otros.

Asimismo, la normativa municipal establece que los infractores se hagan cargo del abono del coste de la retirada de los contenedores/sacos de escombros instalados, de acuerdo con lo establecido en los artículos 74 de la Ordenanza de Movilidad de la Villa y 43 de la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos, practicándose la liquidación correspondiente establecida en el artículo 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por servicios y actividades relacionadas con el Medio Ambiente.

En el caso de los eventos que se desarrollen de lunes a viernes, no podrá haber contenedores/sacos desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas del día de la celebración del evento en las zonas de Influencia, así como en 10 metros de las calles confluyentes. Si el tiene lugar en sábado o domingo, no podrá haber contenedores/sacos desde las 00:00 del viernes hasta las 24:00 horas del domingo, en las zonas de Influencia, así como en 10 metros de las calles confluyentes.

Según la  “Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos” del Ayuntamiento de Madrid, para prevenir la suciedad, quienes realicen obras en los espacios públicos deberán proceder a la acotación del perímetro de la zona afectada mediante un cerramiento que impida la visión del interior del recinto por parte de quiénes transiten por dicho espacio.

Igualmente, deberán almacenar correctamente todos los materiales de construcción y colocar recipientes homologados para el acopio de los mismos (gravas, arena o similares) y de escombros y residuos procedentes de demoliciones. Las obras de los servicios de conservación municipales y las de calas y canalizaciones se señalizarán y balizarán según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal aplicable a este tipo de obras.

En cuanto a los contenedores o sacos para RCD o materiales de construcción, deberán colocarse en la calzada, ocupando plaza de aparcamiento, sin sobresalir de la línea formada por los vehículos correctamente estacionados y comunicándolo al Ayuntamiento con una antelación mínima de 15 días hábiles mediante la presentación del correspondiente impreso en cualquier registro municipal junto con el documento que acredita el pago de la tasa por ocupación de la vía pública con el saco o contenedor.

En el caso de su colocación sobre la acera, se requerirá autorización expresa del Ayuntamiento, debiendo presentar con una antelación mínima de cuarenta y cinco días hábiles la solicitud mediante impreso normalizado y adjuntando el documento justificativo del pago de la tasa por ocupación de la vía pública junto con el plano justificativo del cumplimiento de lo establecido en la Ordenanza de Señalización y Balizamiento de la vía pública.

Unas premisas que se incumplen de manera sistemática tanto por grandes generadores de residuos de grandes obras de rehabilitación con grandes contenedores metálicos como por empresas que realizan trabajos de menor tamaño para las que emplean sacos que instalan en cualquier hueco de la vía pública y sin la correspondiente notificación al Ayuntamiento.

Y aunque es un problema que se mantiene a lo largo de todo el año, existe un evidente componente estacional que hace que en los meses de julio y agosto proliferen aún más los sacos y de residuos de construcción y demolición llenos en la vía pública, a los que termina arrojándose todo tipo de basura.

Viario restingido a los contenedores/sacos de escombros

Viario restingido a los contenedores/sacos de escombros

Trámites sobre instalación y recogida de contenedores/sacos de escombros

Trámites sobre instalación y recogida de contenedores/sacos de escombros

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