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El Ayuntamiento de Madrid detalla sus medidas para regular los alojamientos turísticos

Somos Chueca

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La acelerada implantación del alojamiento turístico y, específicamente, la vivienda de uso turístico ha llevado al Ayuntamiento de Madrid a poner en marcha una serie de medidas urbanísticas que ayuden a abordar los problemas ocasionados por este tipo de hospedaje.

Por ello, la Comisión de Seguimiento e Interpretación del Plan General aprobó el pasado 24 de enero un dictamen «para clarificar cómo se integran las dos nuevas modalidades de alojamiento turístico establecidas mediante el Decreto 79/2014 de 10 de julio de la Comunidad de Madrid –apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico– en las Normas Urbanísticas del Plan General».

En él se establece que los apartamentos turísticos y las viviendas que se destinen al uso turístico «bajo el principio de unidad de explotación empresarial, en su totalidad y por tiempo superior a tres meses al año quedan comprendidos en el uso de Servicios Terciarios en su clase de Hospedaje», especifican desde el Ayuntamiento.

Además, al ser una actividad económica y no constituir residencia permanente, deberán contar con licencia para ejercer dicha actividad, como cualquier otro tipo de negocio de esa misma tipología.

En cuanto a su implantación en edificios en los que se vaya a convivir con otros usos como el residencial, «no podrán superar el porcentaje y la posición establecidos por las normas urbanísticas del PGOUM».

También deberán aplicar la normativa técnica de accesibilidad y de la seguridad en caso de incendio.

En cuanto a la implantación de viviendas de uso turístico en un edificio sin que se incluya al edificio entero, no requerirá el acceso independiente ni exclusivo diferente del de las otras viviendas del resto de la comunidad de vecinos.

Elaboración de un Plan Especial

Este incremento de plazas de alojamiento está provocando en algunas zonas de la ciudad saturación y problemas de convivencia entre turistas y residentes, comerciantes y hosteleros, además de un impacto sobre la habitabilidad de los edificios, la seguridad de las personas y la utilización del espacio público y una incidencia en el precio de la vivienda y del resto de actividades económicas.

El equipo de Manuela Carmena está ya trabajando en la elaboración de un Plan Especial destinado a actualizar la regulación urbanística de la implantación de establecimientos hoteleros, albergues, hostels, apartamentos turísticos y viviendas de uso turístico cuando conviven en el mismo edificio con otros usos como el residencial o industrial.

El diagnóstico inicial ha identificado la existencia de impactos sociales, funcionales y ambientales inadecuados en determinadas zonas de la ciudad, que afectan tanto al espacio público como a la convivencia con los residentes habituales de las viviendas no turísticas.

Por ello y, de manera cautelar, se ha acordado la suspensión durante un año del otorgamiento de licencias, para todas las modalidades de alojamiento turístico antes citadas en los inmuebles destinados actualmente a vivienda en todos los barrios del distrito Centro: Justicia, Universidad, Palacio, Embajadores, Cortes y Sol.

Una acción municipal que se extenderá a otros barrios donde se ha incrementado la oferta de vivienda de uso turístico pero existe una menor presencia de hoteles y el resto de modalidades de hospedaje: Palos de Moguer, en el distrito de Arganzuela; de Recoletos y Goya, en el distrito de Salamanca; Trafalgar, en el distrito de Chamberí; y de Argüelles, en el distrito de Moncloa-Aravaca.

En los distritos en los que han quedado suspendidas las licencias, solo podrán ofertarse legalmente aquellas viviendas que ya dispongan de las correspondientes licencias.

Es importante precisar que estos acuerdos no afectarán a la oferta de alojamiento compartido durante menos de tres meses en las viviendas que constituyen residencia permanente, «pues no están reguladas como alojamiento turístico por la normativa turística autonómica y no constituyen actividad empresarial».

El resto de alojamientos ofertados para turistas en viviendas de uso turístico deberán obtener la licencia correspondiente al ejercicio de dicha actividad económica si cumplen las condiciones del planeamiento urbanístico, quedando sometidas a las medidas de disciplina urbanística correspondientes.

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