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Cuenta atrás para Madrid Central: mapa, accesos y otras dudas

Señal indicativa de acceso a Madrid Central en la calle Génova | SOMOS CHUECA

Somos Chueca

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El viernes 30 de noviembre entra en funcionamiento Madrid Central, la nueva área de prioridad residencial que por primera vez incluirá a Chueca y Malasaña. Desde ese día la forma de circular por el Centro de Madrid cambiará para reducir el tráfico y, a su vez, la contaminación.

Muchas son las dudas que, tanto residentes en los barrios incluidos dentro de Madrid Central como el resto de ciudadanos de la ciudad tienen aún sobre la nueva área de bajas emisiones y las restricciones para circular dentro de ella a las que respondemos son esta pequeña guía rápida sobre Madrid Central.

¿Qué calles delimitan Madrid Central?

Madrid Central incluye la mayor parte de Centro. El perímetro estará delimitado por las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruiz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, plaza de Alonso Martínez, Génova, plaza de Colón, paseo de Recoletos, plaza de Cibeles, paseo del Prado, plaza de Cánovas del Castillo, paseo del Prado, plaza del Emperador Carlos V, ronda de Atocha, ronda de Valencia, glorieta de Embajadores, ronda de Toledo, glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, calle Mayor, Calle Bailén, plaza de España (el lateral a continuación de la cuesta de San Vicente), calle Princesa y calle Serrano Jover.

Dentro de toda esa zona, que incluye calles de tanto tráfico como Gran Vía, Atocha, Mayor o San Bernardo. Solo podrán circular los vehículos de residentes y otros autorizados, a excepción de los siguientes tramos:

  • Calle Santa Cruz de Marcenado (de Calle Serrano Jover a Calle Mártires de Alcalá).
  • Calle Mártires de Alcalá (de Calle Santa Cruz de Marcenado a Calle Alberto Aguilera).
  • Avenida Gran Vía de San Francisco.
  • Calle Bailén.
  • Calle Algeciras.
  • Cuesta Ramón.
  • Calle Ventura Rodríguez (de Calle Princesa a Calle Duque de Liria).
  • Calle Duque de Liria (de Calle Ventura Rodríguez a Calle Princesa).

En el caso de Chueca y Salesas, C/ Alcalá, C/ Prim, C/ Bárbara de Braganza, C/ Génova, C/ Argensola y Plaza de Santa Bárbara, vías de acceso a Madrid Central, están convenientemente señalizadas para avisar a los conductores.

En esta zona, los residentes tienen permiso para entrar, circular y aparcar en su barrio. En el caso de los coches de los no residentes, podrán hacerlo siempre y cuando dispongan de la correspondiente etiqueta ambiental de la DGT.

En cuanto al aparcamiento, no podrán hacerlo en la calle si no se trata de vehículos de residentes o coches Eco o emisiones cero.

En cuanto a los vehículos B y C, los más contaminantes, podrán aparcar en cualquier aparcamiento público que disponga de plazas libres.

¿Es necesario darse de alta en Madrid Central?

Todos los residentes empadronados en Centro que cuenten con algún tipo de vehículo de motor a su nombre (coche, motocicleta o ciclomotor) estarán automáticamente dados de alta dentro del registro del Ayuntamiento y no tendrán que realizar ningún tipo de trámite administrativo adicional.

En otros casos en los que el vehículo no esté a tu nombre (renting, leasing, vehículo de sustitución, etc.) deberás contar con la correspondiente etiqueta de la DGT y solicitar permiso para acceder a Madrid Central.

¿Cómo voy a poder moverme por Madrid Central desde el 30 de noviembre?

En la primera fase de Madrid Central, que estará controlada por policías municipales y agentes de movilidad, los empadronados en Centro solo tendrán que facilitarles su documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte) y el certificado de empadronamiento que acredite su residencia en uno de los barrios dentro de Madrid Central.

Tengo un vehículo diésel. ¿Puedo acceder a Madrid Central?

Las condiciones para acceder a Madrid Central no dependen del tipo de combustible del vehículo, sino de la cantidad de gases contaminantes que emite. El criterio para autorizar la circulación de los vehículos se basa en las etiquetas ambientales de la DGT, que clasifican los vehículos según sean más o menos contaminantes. A partir del 24 de abril de 2019 será obligatorio tener la etiqueta de la DGT para poder circular por Madrid.

¿Me afectan etiquetas de la DGT si soy residente?

Aunque los residentes también tendrán que cumplir con los criterios medioambientales de las etiquetas de la DGT, la fecha límite se ha fijado en el año 2025. A partir de ese momento cualquier vehículo sin etiqueta DGT tendrá prohibido circular por Madrid Central, aunque sea residente.

¿Puedo solicitar invitaciones de acceso a Madrid Central para mis amigos o familiares?

Cada persona empadronada con una edad superior a los 16 años tendrá a su disposición hasta 20 invitaciones al mes para que los vehículos de sus amigos y familiares que no sean residentes en Madrid Central puedan acceder.

Cada una de estas invitaciones solo da permiso de un día para entrar a Madrid Central y autoriza a aparcar en las plazas verdes en las mismas condiciones que el resto de las zonas SER: un máximo de dos horas.

Los vehículos que no dispongan de etiqueta ambiental no pueden acceder a Madrid Central, pero los de invitados sin etiqueta pueden acceder como medida excepcional hasta el 31 de diciembre del año 2019.

¿Cómo puedo solicitar autorizaciones puntuales de acceso a Madrid Central?

Hasta que esté operativo el sistema telemático para solicitar invitaciones el 8 de enero de 2019, las autorizaciones temporales de acceso a Madrid Central se podrán solicitar a través del teléfono 010, presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid o desde la cuenta de Twitter @Lineamadrid.

El primer paso para poder solicitar autorizaciones de acceso a Madrid Central es estar empadronado en uno de los barrios que se incluyen dentro de Madrid Central y tener el código de identificación de APR.

Con esa información, puedes iniciar la solicitud a través de la cuenta de Twitter @Lineamadrid, a la que es necesario seguir para poder mantener conversaciones por mensaje privado. Tan solo tendrás que escribir un tuit mencionando a Línea Madrid e incluir la etiqueta #aprlm y te contactarán por mensaje directo para solicitar el resto de la información. Recuerda que puedes solicitar hasta tres autorizaciones en una misma petición.

https://twitter.com/Lineamadrid/status/849960187284914176

Para estos casos, durante el periodo inicial informativo, el justificante de acceso será el correo electrónico que remita Línea Madrid o el documento que te faciliten en la OAC Línea Madrid de Manera presencial.

Puedes consultar la sección “Criterios de acceso a Madrid Central y autorizaciones” del propio Ayuntamiento de Madrid para conocer todos los detalles.

¿Me pueden multar?

En una primera fase Madrid Central no se impondrá ningún tipo de sanciones por acceder indebidamente a la zona. Agentes de policía municipal y de movilidad realizarán controles en los accesos y se limitarán a informar a los conductores.

En una segunda fase, desde el 8 de enero de 2019 comenzarán a funcionar las cámaras de vigilancia de los accesos a Madrid Central. Todas las matrículas quedarán registradas y los coches no autorizados recibirán por correo postal una notificación, pero aún sin ninguna multa.

Ya en el mes de marzo de 2019, tras dos meses de adaptación a Madrid Central y de pruebas del sistema de control de accesos y de las cámaras de vigilancia, se empezará a sancionar con multas de 90€ para quienes circulen por Madrid Central sin autorización.

Más información:

Especial de Somos Malasaña sobre Madrid Central

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